
Una de las preguntas que suelen hacerse los jóvenes colombianos al llegar a los 18 años, que se configura como la mayoría de edad, es sí pueden seguir siendo parte de la EPS a la que venían siendo afiliados por parte de sus padres o tutores legales, con el fin de continuar con la cobertura médica.
Ante esta situación, el Ministerio de Salud expidió el Decreto 1164 en junio de 2014, el cual tiene como objetivo principal de garantizar que los jóvenes entre los 18 y los 25 años, que aún dependan económicamente de sus padres, sigan teniendo cobertura amplía en salud.
Este tipo de beneficios, busca que las personas que se encuentran estudiando, en búsqueda de un empleo formal o que apenas estén adquiriendo una capacidad financiera para costearse su propia afiliación, continúen afiliados al sistema de salud colombiano, algo fundamental para la estabilidad y seguridad de cada ciudadano joven del país.
"El objetivo es garantizar la cobertura de los beneficiarios del régimen contributivo entre los 18 y los 25 años que no tienen la obligación de cotizar", se lee en el documento oficial del Ministerio de Salud.
¿Cuáles son las condiciones para seguir afiliado como beneficiario?
Para que un joven entre los 18 y los 25 años pueda continuar recibiendo atención médica bajo la afiliación de los padres, debe seguir estos requisitos:
- No tener un vinculo laboral formal.
- No tener un contrato de prestación de servicios ni sean trabajadores independientes con ingresos que les permitan cotizar de manera autónoma.
- No estar casada ni en unión libre, y no tener ingresos propios. No obstante, se permiten ciertas excepciones, como estar en practicas profesionales o monitorias universitarias remuneradas, siempre que no superen los tres meses en el año.
¿Cómo se hace la afiliación a la EPS?
Para vincularse como beneficiario, la solicitud debe ser gestionada por los padres o correspondiente tutor legal del joven a la EPS que corresponda. La EPS deberá revisar y validar los documentos que demuestren la dependencia económica del hijo, ya sea a través de certificados de sostenimiento, constancias de no ingresos o documentos similares.
Una vez se tenga aprobada la solicitud, la EPS será la encargada de garantizar el acceso a la totalidad de los servicios de salud.
Así mismo, las EPS tiene la obligación de notificar al usuario cuando este haya sido incluido como beneficiario y deben reportar esta información en el sistema general de seguridad social en salud.
Por otro lado, la Superintendencia Nacional de Salud es la entidad encargada de vigilar que se cumpla la norma y sancionar los casos que presenten irregularidades.