Petro pidió abogados para escrutinios y Registraduría le respondió

Mar, 10/03/2026 - 11:59
El presidente cuestionó el preconteo electoral y convocó abogados para vigilar los escrutinios. La Registraduría aseguró que no hay diferencias en los resultados.
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Presidencia de la República.

El presidente Gustavo Petro volvió a pronunciarse sobre el proceso electoral del pasado domingo y convocó a abogados con experiencia en derecho electoral para que participen en las comisiones de escrutinio en todo el país.

A través de su cuenta en la red social X, el mandatario señaló que, según su percepción, existe una “gran diferencia” entre los resultados del preconteo divulgados públicamente y los votos depositados en las urnas.

Ante esta situación, invitó a los partidos políticos a contratar abogados que puedan integrarse a las comisiones escrutadoras para acompañar el proceso hasta su etapa final y garantizar la protección de los votos.

El jefe de Estado afirmó que la presencia de expertos jurídicos permitiría “cuidar el voto hasta el último momento”, en medio de las dudas que ha expresado sobre algunas fases del proceso electoral.

Las declaraciones se producen pese a que los resultados preliminares han sido favorables para el partido de gobierno, el Pacto Histórico, y a que diferentes instituciones han reiterado la transparencia del proceso.

Críticas al software y a los formularios electorales

En sus mensajes, el presidente también cuestionó el funcionamiento del software electoral utilizado durante las elecciones y lo calificó como vulnerable.

Además, mencionó que existirían formularios electorales con tachaduras que, según dijo, “se cuentan por miles”, lo que a su juicio podría generar dudas sobre la claridad de los resultados registrados en algunas mesas de votación.

Petro también habló de supuestas evidencias relacionadas con un presunto entrenamiento de jurados de votación por parte de empresarios en el departamento del Valle del Cauca para cometer fraude electoral.

Sin embargo, hasta el momento no ha presentado públicamente pruebas que respalden esas afirmaciones.

Las declaraciones del mandatario se suman a otros llamados que ha hecho en los últimos días para revisar las mesas de votación y promover un mayor control durante el proceso de escrutinio.

Registraduría niega diferencias entre preconteo y resultados

En respuesta a los cuestionamientos del presidente, la Registraduría Nacional del Estado Civil aseguró que no existe la diferencia de votos mencionada entre el preconteo y los resultados que se consolidan durante los escrutinios.

La entidad explicó que el preconteo no tiene validez jurídica y su única función es informar a la ciudadanía resultados preliminares al finalizar la jornada electoral.

Estos datos se originan en las actas de escrutinio conocidas como formularios E-14, documentos que son diligenciados por los jurados de votación al terminar la jornada en cada mesa.

Posteriormente, esos resultados pasan por varias etapas de verificación dentro del proceso electoral: el escrutinio auxiliar, municipal, departamental y finalmente el nacional, donde se consolidan oficialmente los votos.

Según la Registraduría, en cada una de estas fases participan autoridades judiciales, delegados de los partidos políticos y organismos de control encargados de supervisar el proceso.

¿Cómo funcionan las reclamaciones en el escrutinio?

Frente al llamado del presidente para “impugnar” mesas de votación y comisiones escrutadoras, la Registraduría aclaró que el procedimiento legal se denomina reclamación y está regulado por el Código Electoral Colombiano de 1986.

De acuerdo con esta normativa, las reclamaciones solo pueden ser presentadas por candidatos, sus apoderados o testigos electorales que estén debidamente acreditados ante el Consejo Nacional Electoral.

Además, las solicitudes deben presentarse por escrito e indicar de forma clara las mesas, puestos o zonas de votación que se desean revisar.

La ley establece causales específicas para solicitar un recuento de votos, como la presencia de tachaduras o enmendaduras en las actas de votación o diferencias del 10% o más entre votos de listas del mismo partido en distintas corporaciones públicas.

Finalmente, serán los jueces y notarios que integran las comisiones escrutadoras quienes decidirán si procede o no el recuento de votos en cada caso, dejando constancia de la decisión en las actas correspondientes.

Creado Por
Sandra Vargas
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La funcionaria pidió aplazar nuevamente la diligencia para contratar un abogado de confianza. La juez devolvió el proceso a reparto para fijar una nueva fecha.