¿Por qué la justicia le negó beneficios a Epa Colombia?

Lun, 21/04/2025 - 10:30
Una abogada analizó el caso de la creadora de contenido y explicó por qué no podría acceder a beneficios judiciales.
Créditos:
Redes sociales

Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, está atravesando uno de los capítulos más difíciles de su vida. Desde enero de 2025 se encuentra privada de la libertad en la cárcel El Buen Pastor, cumpliendo una condena de más de cinco años por su participación en actos vandálicos en una estación de TransMilenio durante las protestas del paro nacional en 2019. Aunque ha dicho estar arrepentida y enfocada en cambiar su vida, la distancia con su hija recién nacida y su familia ha sido el golpe más duro en esta etapa.

Su caso, que ha sido ampliamente debatido, volvió a ser tendencia en redes sociales después de que la periodista y abogada Violeta Mejía analizara públicamente la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, explicando los errores legales que la llevaron a terminar privada de la libertad.

Según Mejía, en un principio Epa Colombia se declaró inocente. Sin embargo, tras recibir asesoría legal, aceptó los tres delitos que le imputaban: instigación a delinquir con fines terroristas, daño en bien ajeno agravado y perturbación del servicio público de transporte. Para la abogada, ahí estuvo el gran error.

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Mejía recordó que en 2020, un juez de segunda instancia la absolvió del cargo más grave —el de instigación con fines terroristas— al considerar que su motivación era ganar seguidores y aumentar sus ingresos, no incitar a otros a cometer delitos. Aun así, la Fiscalía y TransMilenio apelaron, y en 2021 otro juez revocó esa decisión. Ese nuevo fallo consideró que la interpretación del primer juez fue subjetiva, y que Barrera nunca argumentó explícitamente que su intención era solo obtener "likes".

¿Qué más se sabe del caso de Epa Colombia?

La abogada subrayó que aceptar cargos sin entender las implicaciones puede ser peligroso. “Cuando alguien se allana a cargos, el sistema le ofrece beneficios judiciales, pero esos beneficios no se pueden revocar a menos que se demuestre que la aceptación fue bajo presión, algo que en este caso no se logró probar”, explicó.

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A pesar de haber pedido perdón, reparado los daños y demostrado una transformación personal, el delito de instigación con fines terroristas que aceptó en su momento le impide acceder a cualquier beneficio penal, dejándola sin opciones legales para reducir su condena.

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