"No es una amenaza": Petro ante suspensión del decreto de la consulta popular

Mié, 18/06/2025 - 17:13
Por medio de su cuenta en la red social X, el presidente emitió un fuerte mensaje por la suspensión del decreto.
Créditos:
EFE

Luego de que el Consejo de Estado suspendiera el decreto que convocaba la consulta popular, el presidente Gustavo Petro dio una contundente respuesta a través de su cuenta en la red social X, en la tarde de este miércoles 18 de junio.

Tras conocerse la decisión del alto tribunal, el mandatario señaló: “Ni el Consejo de Estado puede determinar inconstitucionalidad, ni necesita cambiar asesores, porque tampoco ha dicho ilegalidad”, en referencia a la suspensión del decreto.

Agregó además: “Solo una sala ha suspendido transitoriamente mi decreto, que entregué fue a la Corte Constitucional. Pero ya la discusión no es jurídica”, recalcando que será el Congreso quien tenga la última palabra.

De igual forma, fue enfático al afirmar: “La mesa del Senado puede usar la suspensión para detener la conciliación y acabar con los derechos recién adquiridos por millones de trabajadores de Colombia, o puede cumplir su palabra. Ya no es ante mí, como presidente; es ante el pueblo, y no es una amenaza: el pueblo tendrá la última palabra”, sentenció el mandatario.

Consejo decide suspender el decreto de la consulta popular

En una decisión clave para el futuro político inmediato del país, el Consejo de Estado suspendió los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025, expedido por el presidente Gustavo Petro, con el cual se convocaba a una consulta popular nacional.

La medida se tomó tras admitir una demanda que busca anular el decreto por violar requisitos constitucionales fundamentales.

La Sección Quinta del Consejo de Estado consideró que el decreto en cuestión tiene naturaleza electoral, pues da inicio a un mecanismo de participación ciudadana. Por esta razón, y con base en el artículo 149.1 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), asumió la competencia para estudiar la legalidad del acto.

¿Por qué se suspendió el decreto?

La decisión de suspensión se dio como medida cautelar urgente, al evidenciarse que el decreto fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República, un requisito establecido claramente en el artículo 104 de la Constitución Política de Colombia. Según este artículo, toda convocatoria a consulta popular de carácter nacional por iniciativa presidencial debe contar con la aprobación previa del Senado.

El Consejo de Estado señaló textualmente que “se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe”, por lo que procedió a suspender los efectos del decreto mientras se resuelve de fondo la demanda de nulidad.

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