Ocho hombres y una mujer buscan ser alcaldes de Cartagena de Indias, una de la ciudades más importantes de Colombia y la más importante del país en cuanto a turismo se refiere.
Tras la destitución y posterior captura del alcalde electo Manuel Vicente Duque, que ha dejado a La Heroica en una crisis política y administrativa, Cartagena celebrará el próximo 6 de mayo de 2018 elecciones atípicas que buscan el reemplazo de Duque.
No solo a los cartageneros les interesa quién llegará al palacio de la Aduana; así como a millones de colombianos les interesa el futuro político, social y administrativo de esta ciudad, que es insigne del país, hay entidades que por su naturaleza también tienen los ojos en estas elecciones y sobre todo en quienes participan en ellas.
La Procuraduría General de la Nación, en cabeza de Fernado Carrillo, ha denunciado la inhabilidad de uno de los candidatos que aspiran ser el remplazo de Manolo Duque: se trata del exconcejal Antonio Quinto Guerra, quien, según la entidad, está impedido legalmente para aspirar al cargo, por contratos que tuvo recientemente con el departamento y el distrito.
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Kienyke.com conoció el concepto legal por el que la Procuraduría argumenta con pruebas la inhabilidad para desempeñar el cargo de alcalde que pesaría sobre el exconcejal Quinto Guerra. El Ministerio Público expone en el documento de nueve hojas dirigido al consejero ponente del Consejo Nacional Electoral Alexander Vega Rocha, su valoración probatoria y jurídica, en la que basa su solicitud al CNE revocar el acto de inscripción del candidato Guerra.
Como material probatorio que evidencia, según la Procuraduría, la inhabilidad de Quinto Guerra, se exponen ampliamente en el documento dos contratos, uno celebrado con el departamento de Bolívar, Contrato 461, el 1.º de marzo de 2017, y otro celebrado con el Ministerio de Vivienda, Contrato 329, del 29 de enero de 2017. Cada uno de estos contratos tuvo una adición, el primero de ellos, con el departamento, se extendió con un otrosí hasta el 31 de diciembre de 2017 y el segundo, que fue con Minvivienda, se amplió en su ejecución hasta el 30 de octubre de 2017.
Así las cosas, y basando el fundamento en el Artículo 95 de la Ley 136 de 1994, se expone que dentro de las inhabilidades para ser alcalde, una persona no podrá ser ni candidato ni elegido ni designado alcalde municipal o distrital si dentro del año anterior a la elección intervino en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o dentro de ese mismo tiempo celebró contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio.
Los argumentos del Ministerio Público explican que el hoy inscrito como candidato Quinto Guerra tenía contratos ejecutándose en Cartagena y con la Nación dentro del año anterior a las elecciones que se llevaran a cabo el próximo 6 de mayo.
El documento emitido por la Procuraduría argumenta que "cinco meses antes del 15 de abril de 2018, fecha que se había fijado inicialmente para la jornada electoral y que fue postergada por parte del ejecutivo para el día 6 de mayo del presente año, el candidato cuestionado estaba ejecutando contratos con el departamento del Bolívar y con el Ministerio de Vivienda, por lo que se encontraban vigentes la celebración de los mismos".
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Basándose en estas pruebas, agumentadas con juridicamente con sentencias y leyes, la Procuraduría, en nombre del Procurador 21 Judicial II Penal, Jorge Enrique Sanjuán Gálvez, a través del documento le solicita al CNE que revoque el acto de inscripción de Antonio Quinto Guerra Varela, realizado el 2 de marzo de 2018 "al haber mantenido, dentro del año anterior al día de elecciones, varias vinculaciones de tipo contractual con entidades publicadas, así como haberse producido actos consensuales del mismo carácter en interés propio, cuyos objetos se ejecutaron dentro del territorio del Distrito de Cartagena-Bolívar".
Concluye la petición del Ministerio Público que la decisión se tome en el menor tiempo posible, antes del 6 de mayo del 2018, para que esta tenga real "eficacia y garantice el derecho a la partición por parte de los cuídanos pertenecientes a la circunscripción electoral del Distrito de Cartagena-Bolívar".
