Petro dice que subiría de nuevo el salario mínimo: ¿tiene margen legal?

Mié, 22/04/2026 - 07:57
La Ley 278 prevé una fijación anual del mínimo y exige concertación y soporte técnico. Un nuevo ajuste en 2026 tendría un margen jurídico estrecho.
Créditos:
Prensa de la presidencia

Durante el Consejo de Ministros del 21 de abril, el presidente Gustavo Petro dijo que, si el Banco de la República vuelve a subir la tasa de interés, su gobierno aumentará otra vez el salario mínimo. La advertencia se produjo después de que la junta del emisor elevara en 100 puntos básicos la tasa de política monetaria hasta 11,25 %, vigente desde el 1 de abril. En ese contexto, Petro afirmó: “si la Junta sigue en esa tontería en que va, pues subimos otra vez el salario”.  

La discusión, sin embargo, no se resuelve solo con la referencia constitucional al salario “vital y móvil”. El artículo 53 de la Constitución reconoce ese principio, pero la ruta para fijar el salario mínimo está desarrollada por la Ley 278 de 1996, que asigna esa discusión a la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, integrada por Gobierno, empleadores y trabajadores. 

¿Qué dice la ley?

El punto clave es que la ley prevé una fijación anual del salario mínimo para el año siguiente y no establece, de forma expresa, un mecanismo ordinario para decretar aumentos adicionales dentro del mismo año como respuesta a decisiones de política monetaria. El artículo 8 señala que, si no hay acuerdo en la comisión, el Gobierno puede fijarlo por decreto, pero debe hacerlo con base en criterios definidos, entre ellos la meta de inflación, la productividad, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el crecimiento del PIB y el IPC.  

Ese marco vuelve más estrecho el margen de maniobra del Ejecutivo. De hecho, el propio presidente defendió su posición en X: “me apresto a usar la orden constitucional de que el salario mínimo no solo debe ser vital sino también móvil”. Pero esa tesis constitucional no elimina las exigencias legales sobre procedimiento y motivación técnica. En la práctica, cualquier nuevo decreto tendría que pasar por una ruta formal y justificar por qué se aparta del esquema anual previsto por la norma. 

Además, el tema ya está bajo revisión judicial. El Consejo de Estado informó que decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, con el que el Gobierno había fijado el salario mínimo para 2026. Ese antecedente muestra que la fijación del mínimo no solo tiene un control político, sino también un control contencioso inmediato cuando se cuestiona la legalidad de la motivación o del procedimiento.  

Con ese panorama, la respuesta más precisa es que otro aumento del salario mínimo en 2026 no aparece hoy como una decisión sencilla de ejecutar por sola voluntad presidencial. Más que una facultad discrecional, requeriría concertación, soporte técnico y un decreto capaz de resistir demandas ante la jurisdicción administrativa.

Dicho de otro modo, el anuncio existe, pero su viabilidad jurídica sigue siendo frágil a la luz de la normativa vigente y del precedente reciente. Esa última conclusión es una inferencia basada en la ley y en las decisiones ya conocidas sobre el tema. 

Más KienyKe
El presidente de Asobancaria lanza una alerta que sacude al sistema financiero: la posible existencia de una estructura para evadir deudas usando la ley.
Conozca a Ace, el robot programado con IA que es capaz de vencer a jugadores profesionales de tenis de mesa (o ping pong).
Muchos creen haber llegado tarde al amor porque conocieron personas equivocadas, promesas vacías y despedidas dolorosas.
La más reciente encuesta de calidad vida del DANE mostró que el arriendo siguió por encima de la vivienda propia y que la propiedad volvió a perder terreno.