
La jueza Sandra Heredia avaló este lunes como legales las interceptaciones telefónicas entre el expresidente Álvaro Uribe Vélez y su entonces abogado, Diego Cadena. A juicio de la togada, dichas grabaciones fueron producto de un hallazgo casual surgido durante una diligencia judicial válida.
“Son confiables, no fueron alteradas en su núcleo. La grabación es cierta, sin asomo de duda en su autenticidad”, explicó Heredia.
La orden original de interceptación, emitida por la Corte Suprema de Justicia, estaba dirigida al senador Nilson Córdoba, pero derivó en la captura accidental de conversaciones de Uribe debido a que ambos compartían la misma línea telefónica, sin que las autoridades lo supieran.
Heredia fue enfática al señalar que esta circunstancia no constituye una infracción al debido proceso ni a los derechos del exmandatario. Al tratarse de una derivación no intencional en el marco de una orden legal, las conversaciones adquiridas mantendrían su valor probatorio. Además, sostuvo que no existió violación al secreto profesional, ya que en ese momento Cadena no ostentaba poder legal como abogado defensor formal del expresidente dentro del expediente penal.
Lea también: El juicio del siglo en Colombia: Álvaro Uribe frente a su día más decisivo
La jueza también rechazó el argumento de la defensa que pedía anular estas pruebas por supuesta ilegalidad. Sostuvo que las interceptaciones no solo fueron obtenidas conforme a derecho, sino que su origen incidental no les resta legitimidad. Este criterio consolida la admisibilidad de una de las evidencias más polémicas del proceso, reforzando la posición de la Fiscalía y debilitando una de las líneas centrales del equipo jurídico de Uribe.
En suma, el fallo despeja el camino para que las interceptaciones sigan siendo consideradas como una pieza clave dentro del expediente, marcando un punto decisivo en uno de los procesos penales más significativos de la historia reciente del país.