El pleito por una bloqueada que Enrique Peñalosa ganó

Jue, 31/10/2019 - 03:48
En julio de 2019 el concejal de Bogotá, Manuel Sarmiento, anunció que interpuso un derecho de petición luego de ser bloqueado en la red social de Twitter por el alcalde Mayor, Enri
En julio de 2019 el concejal de Bogotá, Manuel Sarmiento, anunció que interpuso un derecho de petición luego de ser bloqueado en la red social de Twitter por el alcalde Mayor, Enrique Peñalosa.  El pleito se desarrolló en el Juzgado 11 Penal Municipal que determinó que es una acción improcedente por lo que el mandatario distrital puede seguir manteniendo bloqueado al concejal del Polo Democrático. [single-related post_id="1205545"] En su momento el cabildante indicó que “la cuenta de Twitter de Peñalosa va mucho más allá de ser un medio para difundir sus opiniones personales. Es evidente que la utiliza para publicitar y difundir sus actuaciones, muchas veces con afirmaciones que no corresponden con la realidad. Lo que exige la democracia es que un concejal de la oposición pueda conocer este tipo de publicaciones para controvertirlas, de eso se trata el debate democrático”.  Para el juzgado la cuenta en Twitter del alcalde es personal y los canales institucionales para recibir información sobre los temas de interés público, que le permiten controvertir las posiciones institucionales, son las cuentas de Twitter de cada una de las entidades y organismos de la Alcaldía de Bogotá, las páginas de internet, Canal Capital, las rendiciones de cuentas y el programa Bogotá Cómo Vamos. Tras conocer los argumentos de las dos partes, se declaró la tutela improcedente, pues no existe una actuación u omisión del alcalde Peñalosa a la que se le pueda endilgar la supuesta amenaza o vulneración de las garantías fundamentales en cuestión. El juez indicó, además, que como no se trata de una cuenta oficial, sino de su cuenta personal, el alcalde Peñalosa cuenta con la facultad de decidir con cuáles internautas interactuar o no, y por lo tanto no se está vulnerando los derechos fundamentales aludidos por el concejal Sarmiento. Por otro lado, en cuanto a la vulneración del derecho al control político, el juzgado indicó que las redes sociales no son el mecanismo establecido para tal fin y, por lo tanto, no puede considerarse cercenada tal facultad por el hecho de habérsele bloqueado en Twitter. Además, en el fallo el juez le hizo un llamado al concejal Manuel Sarmiento para que haga un uso razonable de la Acción de Tutela, mecanismo instituido para proteger los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, puesto que este mecanismo es resuelto por un aparato de justicia con recursos físicos y humanos que deben ser usados de manera racional.
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