Los candidatos presidenciales necesitan obtener al menos el 4 % de los votos válidos para acceder a la reposición de votos, el mecanismo con el que el Estado reconoce parte de los gastos de campaña.
El umbral para acceder a la reposición
En una elección presidencial, los candidatos no reciben reposición de votos solo por aparecer en el tarjetón. Para acceder a ese reconocimiento económico, deben superar un requisito mínimo: obtener el 4 % o más del total de votos válidos depositados en la elección.
Ese porcentaje es la clave. No se calcula sobre el censo electoral, ni sobre el total de personas habilitadas para votar, ni sobre encuestas previas. La base es el número final de votos válidos, es decir, los votos que cuentan efectivamente dentro del resultado electoral.
Por eso, antes de la jornada no existe una cifra exacta de votos que garantice la reposición. El número definitivo solo se puede establecer cuando se conozca el total de votos válidos. Si en una elección hubiera 20 millones de votos válidos, por ejemplo, el umbral del 4 % equivaldría a 800.000 votos.
La referencia del Congreso
En las elecciones al Congreso de la República la regla no es igual a la presidencial. Para Senado y Cámara, las listas deben obtener al menos el 50 % del umbral de votación definido para la respectiva corporación.
En el caso del Senado, que funciona como referencia nacional, el preconteo de 2026 registró 19.423.187 votos válidos. Con esa cifra, el umbral electoral del 3 % fue de aproximadamente 582.696 votos. Por lo tanto, para efectos de reposición, una lista necesitaba cerca de 291.348 votos, equivalente al 50 % de ese umbral.
Ese dato no aplica de la misma manera para la Cámara de Representantes, porque allí el cálculo depende de cada circunscripción. En otras palabras, no hay una sola cifra nacional para Cámara: el número cambia según el departamento o circunscripción en disputa.
¿Cómo se calcula el pago?
La reposición de gastos es un mecanismo de financiación pública. En términos simples, el Estado reconoce recursos a las campañas según la cantidad de votos válidos obtenidos, el valor fijado por voto y los anticipos que la campaña haya recibido, si aplica.
Para las elecciones nacionales de 2026, el valor por voto en primera vuelta presidencial está fijado en $4.225 para campañas con anticipos y en $8.613 para campañas sin anticipos. En Congreso, el valor por voto válido fue fijado en $8.863 para Senado y Cámara de Representantes.
Sin embargo, alcanzar el umbral no significa recibir automáticamente todo el dinero. La reposición no puede superar los gastos reportados oficialmente por la campaña y está sujeta a la revisión de los informes de ingresos y gastos.
En la práctica, la regla deja una consecuencia clara: una candidatura presidencial que no alcance el 4 % de los votos válidos queda por fuera de este mecanismo de financiación estatal. Para quienes sí superen ese umbral, el monto dependerá de los votos obtenidos, los gastos reconocidos y los anticipos recibidos.
La cifra final se conocerá después de la elección, cuando las autoridades consoliden el total de votos válidos. Solo entonces será posible saber cuántos votos necesitaba cada candidato para tener derecho a la reposición.
