Colombia está en precampaña presidencial con mucho ruido, demasiados nombres y poca certeza sobre la intención de voto. Parte de esa confusión no es solo política: también es metodológica. La Ley 2494 de 2025 ajustó las reglas sobre muestra, publicación y transparencia, y eso está cambiando lo que las encuestas pueden, y no pueden, mostrar.
¿Qué cambió con la Ley 2494?
La norma parte de una idea básica: si un resultado se presenta como "encuesta" electoral, no puede ser un sondeo informal. Debe ser probabilística, publicar ficha técnica, revelar el texto literal de las preguntas y entregar microdatos anonimizados. En teoría, esto mejora la trazabilidad y permite que cualquiera revise cómo se midió.
En la práctica, el nuevo marco también sube el listón: obliga a cuidar el margen de error de diseño y el nivel de confianza de lo que se publica, y pone reglas más estrictas sobre cómo se arma y distribuye la muestra. Resultado directo: hacer encuestas cuesta más, toma más tiempo y trae más riesgos legales en una etapa donde las candidaturas todavía se mueven (firmas en trámite, alianzas, retiradas, nombres que aparecen y desaparecen).
Regiones: cuando las capitales pesan más de lo que parece
Uno de los aspectos problemáticos se encuentra en las muestras. La ley obliga a incluir los municipios o distritos con más de 800.000 habitantes y a sumar municipios de distintos tamaños por regiones.
El problema aparece con el tamaño real de las encuestas que suelen circular (1.000 a 1.500 entrevistas, por ejemplo). Con esas cifras, las regiones terminan siendo un agregado dominado por su núcleo urbano. En Centro Oriente, por peso demográfico, Bogotá puede arrastrar el promedio y dejar casi invisible la variación interna de departamentos como Boyacá o zonas rurales cercanas. Pasa algo similar cuando una región se interpreta como si fuera homogénea, cuando no lo es.
Esto no significa que la encuesta "mienta". Significa que hay límites: sin una muestra mucho mayor, la lectura por subterritorios (departamentos, rural-urbano, municipios intermedios) se vuelve frágil. Y ahí está la trampa: se cumple la cobertura, pero se reduce la capacidad de detectar cambios de tendencia fuera de los grandes centros, que muchas veces son los que definen el remate de campaña.
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La pregunta importa: espontánea vs lista
Otro punto clave es cómo se pregunta. La ley exige transparencia y reduce margen para preguntas inducidas, pero no impone un único estándar para medir intención de voto. En ese espacio conviven dos formatos con efectos distintos:
- Respuesta espontánea (sin lista): mide mejor recordación y presencia mediática. También trae nombres que ya no están en carrera, porque la gente responde desde memoria.
- Respuesta asistida (lista o tarjeta): se parece más al tarjetón, pero puede introducir sesgos si no se controla el orden o si la lista condiciona la respuesta.
Margen de error: lo que sí dice y lo que no
El clásico "±3%" suele tratarse como sello de certeza, pero no lo es. El margen describe incertidumbre por muestreo, no corrige problemas de pregunta, cobertura o no respuesta. Además, cuando se reportan muchos candidatos con apoyos pequeños o se divide por región, edad o sexo, la incertidumbre crece y las comparaciones se vuelven más delicadas.
Implicaciones políticas: menos datos finos, más pelea pública
Con reglas más estrictas y una precampaña fragmentada, el efecto puede ser doble: menos encuestas públicas con cruces detallados y más dependencia de mediciones privadas que no siempre quedan bajo escrutinio. En paralelo, crece la discusión jurídica y el pulso institucional sobre qué se puede publicar y cómo.
