
El Tribunal Superior de Bogotá dejó sin efecto la tutela que había permitido la inscripción de precandidatos del Pacto Histórico para su consulta interna. La decisión, que en apariencia era un asunto jurídico, terminó abriendo un debate de fondo sobre cómo deben funcionar las coaliciones políticas en Colombia y cuál es el límite entre la autonomía partidista y el cumplimiento de la ley electoral.
Qué decidió el Tribunal
La Sala Civil del Tribunal consideró improcedente la tutela interpuesta por varios precandidatos que buscaban habilitar la consulta interna del Pacto Histórico, una figura que pretendía realizarse bajo la personería de la coalición. Al revocar la medida cautelar anterior, el Tribunal determinó que no había vulneración de derechos políticos, ya que la inscripción de candidaturas debe realizarse conforme a las normas del Consejo Nacional Electoral (CNE), que aún no reconoce al Pacto como partido único. En términos simples: el Pacto podrá seguir funcionando como alianza, pero no como un solo partido mientras no exista un reconocimiento legal formal.
Qué implica para el Pacto Histórico
El fallo deja sin efecto la consulta que se había previsto para octubre.
Esto genera tres consecuencias inmediatas:
- Suspensión del mecanismo de elección interna: los precandidatos no podrán competir bajo una única personería jurídica.
- Necesidad de definir otro camino: la coalición deberá decidir si convoca una consulta interpartidista en marzo de 2026, o si cada partido integrante postula su propio candidato.
- Impacto en la cohesión interna: sin una hoja de ruta jurídica clara, el Pacto enfrenta el reto de mantener la unidad y evitar que el proceso se perciba como una disputa de intereses individuales.
Reacciones y lectura política
Desde el Gobierno y los sectores cercanos al Pacto se ha hablado de un “sabotaje a la democracia”, mientras que desde la oposición se interpreta como un triunfo institucional. En el fondo, la decisión no prohíbe la participación política, sino que reafirma que las reglas del juego son iguales para todos. El fallo deja claro que la vía judicial no puede reemplazar la función del CNE ni los procedimientos electorales previstos en la ley.
Una mirada más amplia
Lo ocurrido también invita a revisar el marco legal de las coaliciones en Colombia. Hoy, la normativa electoral no prevé con claridad cómo estas deben evolucionar cuando deciden mantenerse más allá de una elección. El Pacto Histórico no es el primero que enfrenta esta disyuntiva: las alianzas que nacen de causas comunes suelen chocar luego con los límites administrativos y las interpretaciones jurídicas.
El debate que se abre no es solo legal, sino político: ¿cómo se equilibra la voluntad de unidad con las estructuras formales que exige la democracia?
¿Debe la ley adaptarse a las nuevas formas de participación política, o es la política la que debe aprender a moverse dentro de la ley?