Libertad condicional para Maza Márquez por magnicidio de Luis Carlos Galán

Mié, 04/03/2026 - 10:06
El Juzgado 16 de Bogotá concedió libertad condicional a Miguel Maza Márquez, condenado por el asesinato de Luis Carlos Galán en 1989.
Créditos:
Archivo particular

Después de más de una década privado de la libertad, el general en retiro Miguel Alfredo Maza Márquez obtuvo el beneficio de libertad condicional. La decisión fue adoptada por el Juzgado 16 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, que consideró cumplidos los requisitos legales.

Maza Márquez fue condenado a 30 años de prisión por su responsabilidad en el magnicidio de Luis Carlos Galán, ocurrido el 18 de agosto de 1989 en Soacha, Cundinamarca.

El despacho judicial estableció que el exdirector del desaparecido Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) deberá cumplir un periodo de prueba de 132 meses, 29 días y 13 horas, es decir, cerca de 11 años y un mes, contados a partir de la firma del acta de compromiso.

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La libertad está condicionada al cumplimiento de varias obligaciones. Entre ellas, la constitución de una caución prendaria equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, que deberá respaldarse mediante título de depósito judicial.

Según el juzgado, el condenado acreditó el tiempo mínimo exigido por la ley, mantuvo buena conducta y cumplió los requerimientos administrativos y disciplinarios.

Maza Márquez permanecía recluido en el Centro de Estudios Superiores de la Policía, Cespo, en el norte de Bogotá, desde el 20 de noviembre de 2013. Para el momento de la decisión, había cumplido 12 años y tres meses de la condena impuesta.

Un giro tras la negativa de enero de 2026

La determinación marca un cambio frente a lo ocurrido en enero de 2026, cuando el mismo juzgado había negado la solicitud de libertad condicional tras evaluar los conceptos enviados por el Inpec y concluir que no se cumplían las condiciones necesarias.

En esta nueva revisión, el despacho consideró procedente conceder el beneficio bajo las condiciones fijadas.

La Corte Suprema de Justicia lo declaró coautor de concierto para delinquir y homicidio con fines terroristas, en relación con el atentado que acabó con la vida del dirigente liberal Luis Carlos Galán.

En el mismo fallo se estableció responsabilidad por la muerte del concejal Julio César Peñaloza Sánchez y del escolta Santiago Cuervo Jiménez, así como por las lesiones ocasionadas al escolta Pedro Nel Angulo Bonilla.

La Sala Penal concluyó que el entonces director del DAS habría establecido una “alianza criminal” con el comandante paramilitar Henry de Jesús Pérez Durán para planear el atentado, además de intervenir en decisiones que debilitaron el esquema de seguridad del candidato presidencial, en medio de amenazas existentes.

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El alto tribunal también analizó testimonios y declaraciones que señalaban presuntos vínculos con estructuras criminales relacionadas con el narcotráfico, incluido el entorno de Pablo Escobar Gaviria, y cuestionó irregularidades posteriores en las investigaciones del magnicidio.

La concesión de la libertad condicional no extingue la pena. Durante el periodo de prueba, Maza Márquez deberá cumplir estrictamente las obligaciones impuestas. De incumplirlas, el beneficio podrá ser revocado y deberá regresar a cumplir la condena en establecimiento carcelario.

La decisión se adopta conforme a las normas que regulan este beneficio para quienes cumplen el tiempo mínimo de la sanción y reúnen los requisitos exigidos por la ley.

 

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