La Cámara de Representantes aprobó en cuarto debate el proyecto que reconoce el desplazamiento forzado interno cuando una persona o comunidad tiene que moverse dentro del país por cambio climático, degradación ambiental o desastres naturales. La apuesta es que esto deje de verse solo como una emergencia puntual y pase a tener reglas claras.
¿Qué se aprobó? y ¿qué falta para que empiece a regir?
La votación del 16 de diciembre de 2025 cerró los cuatro debates del proyecto PL 425/2025 Cámara - 015/2024 Senado. Pero todavía no es ley en firme. Falta el “cierre” del proceso: sí Senado y Cámara dejaron textos diferentes, tendría que haber conciliación; y luego viene la sanción presidencial, que es lo que convierte el proyecto en una norma vigente.
¿Qué cambia en la práctica?: un registro y una certificación
El proyecto propone tres cosas, dichas en sencillo:
- Pone una definición legal para identificar estos casos y no tratarlos “a ojo”.
- Crea un Registro Único de Desplazamiento Climático, manejado por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Ahí entrarían personas, familias o comunidades que se desplazan, y también quienes sean evacuados preventivamente. El registro no solo mira el momento del movimiento: también busca dejar trazabilidad de lo que pasó antes, durante y después, y si la salida termina en retorno, reubicación o reasentamiento.
- Establece una certificación del hecho: la haría la autoridad ambiental competente o la UNGRD cuando sea la entidad con mejores herramientas para determinarlo.
Una nueva política pública
Además del registro, el texto obliga a construir una política pública específica. Lo cual es, en pocas palabras, un plan con tareas y coordinación entre entidades, con mínimos como vivienda digna, seguridad alimentaria, apoyo a comunidades receptoras y recuperación del tejido social y económico. La UNGRD tendría que presentar reportes semestrales con base en los datos del registro. Hay un punto sensible: el proyecto dice que esa política no debe imponer nuevas cargas al sector productivo, salvo que otra ley lo autorice.
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Los retos: que no se quede en papel
La idea también se conecta con decisiones recientes de la Corte Constitucional, como la T-123 de 2024 y la T-246 de 2023, que empujaron al Estado a tomarse en serio este tipo de desplazamiento. Dicho eso, el reto real es de ejecución: certificar en municipios con capacidades muy dispares, cruzar el registro con la oferta social y lograr que los datos sirvan para soluciones concretas, no para otra base que nadie consulta.
En el contexto global, el Centro de Monitoreo de Desplazamiento Interno (IDMC) estimó 83,4 millones de personas en desplazamiento interno al cierre de 2024. En Colombia, la prueba de fuego será una sola: que el registro y el plan funcionen en territorio cuando el proyecto termine su trámite y quede promulgado.
