¿Quiere cambiar de fondo de pensiones? Esto es lo que debe saber

Dom, 28/09/2025 - 08:00
Desde documentos hasta restricciones de edad: un experto nos explica cómo realizar el traslado entre fondos de pensiones y qué excepciones existen para quienes están cerca de pensionarse.
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En medio de los ajustes que trae la reforma pensional, una de las dudas más frecuentes entre los trabajadores es cómo cambiar de fondo y qué requisitos deben cumplir. Diego Solano, abogado consultor de Centro Jurídico Internacional, explicó en Kienyke.com los puntos clave para quienes estén considerando un traslado de régimen.

El primer paso es tener listos los papeles exigidos. Según Solano, se requiere:

  • Documento de identidad original (cédula o extranjería vigente).

  • Formulario de traslado diligenciado, entregado por la entidad receptora (AFP o Colpensiones).

  • Certificado de la doble asesoría.

  • En algunos casos, certificaciones de vinculación laboral o historia laboral, aunque las entidades pueden verificarlas en el sistema.

¿Qué es la doble asesoría?

Se trata de un mecanismo obligatorio para quienes quieren moverse entre el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), que manejan los fondos privados, y el Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones. El afiliado recibe información certificada por ambas entidades con proyecciones de su pensión, comparativos de beneficios y riesgos, y debe firmar que comprendió la orientación. “Es un requisito de protección para evitar decisiones a ciegas”, enfatizó el abogado.

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Plazos y restricciones de edad

El traslado solo puede hacerse cada cinco años. Además, existe una limitación:

  • Mujeres no pueden cambiarse si están a menos de 10 años de los 57.

  • Hombres no pueden cambiarse si les faltan menos de 10 años para los 62.

No obstante, hay excepciones. Por ejemplo, la “Oportunidad de Traslado” habilita a mujeres de 47 años y hombres de 52 con cierto número de semanas cotizadas al 30 de junio de 2025. También aplica para quienes estaban en Régimen de Transición en 1994 con 15 o más años de servicio.

¿Cómo iniciar el proceso?

El procedimiento incluye verificar el régimen actual, cumplir con la doble asesoría, diligenciar el formulario de traslado en la entidad de destino y adjuntar los documentos requeridos. Luego, el fondo valida la información y confirma si el trámite fue exitoso.

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Para quienes no saben a qué fondo están afiliados, las opciones son ingresar al portal de Colpensiones o de la AFP con el número de cédula, revisar en el RUAF (www.miseguridadsocial.gov.co) o preguntar al empleador en la planilla de aportes.

Finalmente, Solano recordó que si el afiliado ya tiene un proceso judicial en curso relacionado con su régimen pensional, el traslado administrativo queda suspendido hasta que el juez emita decisión. En caso de dudas, se recomienda pedir asesoría directa en la entidad o, si es un conflicto jurídico, acudir a un abogado especializado.

Creado Por
Paula Rodríguez Vidarte
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