Movistar sancionada por la SIC por uso indebido de datos

Mié, 29/10/2025 - 12:51
La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Movistar por vulnerar el derecho al habeas data de usuarios en Colombia. Fue multada con $670 millones.
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CC El Paseo Shopping

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una sanción de $670 millones a Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. BIC (Movistar) por incumplir sus deberes en el tratamiento de datos personales, tras comprobar que la compañía realizó contactos comerciales no autorizados con usuarios de otra empresa de telecomunicaciones.

De acuerdo con la entidad, Movistar envió mensajes de texto, realizó llamadas telefónicas y usó WhatsApp para ofrecer sus servicios sin contar con la autorización previa, expresa e informada de los titulares de los datos, vulnerando así el derecho fundamental al habeas data protegido por la Constitución y la Ley 1581 de 2012.

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“Comunicaciones molestas e invasivas”

La SIC explicó que este tipo de prácticas no constituyen un ejercicio legítimo de las libertades económicas, sino una falta de respeto al espacio privado de los ciudadanos. Según la entidad, las comunicaciones no deseadas “en horas inapropiadas o en momentos inoportunos” resultan molestas e invasivas, afectando la tranquilidad e intimidad de las personas.

La Delegatura para la Protección de Datos Personales enfatizó que las actividades de prospección comercial sin consentimiento representan una infracción grave, ya que el tratamiento de datos personales debe realizarse únicamente bajo autorización previa y clara del titular.

El organismo de vigilancia subrayó además que este tipo de acciones “no son una conducta menor”, pues comprometen valores esenciales como la vida privada y la tranquilidad de los consumidores.

La multa y la advertencia a las empresas

La multa de $670 millones busca enviar un mensaje contundente a las compañías del sector sobre la importancia de cumplir con la normatividad en materia de protección de datos. La SIC reiteró que contactar directamente a los titulares con fines publicitarios o comerciales sin su consentimiento está prohibido por la legislación vigente.

Asimismo, recordó que las empresas deben ajustarse a la Ley 1581 de 2012 y a la Ley 2300 de 2023, conocida como “Ley dejen de fregar”, que refuerza los derechos de los ciudadanos frente a la recepción de llamadas o mensajes no deseados.

 

SIC investiga a Tigo, Claro, Movistar y WOM por fallas en reposición de SIM Cards

El caso se suma a otra investigación abierta el 14 de octubre de 2025 por la SIC contra Tigo, Claro, Movistar y WOM, por presuntas irregularidades en la reposición de tarjetas SIM.

Según el organismo, las operadoras habrían implementado procesos de validación deficientes que facilitaron el intercambio de SIM Cards sin autorización de los titulares, exponiendo a millones de usuarios a riesgos de fraude y robo de datos personales mediante la práctica conocida como SIM Swapping.

La SIC advirtió que, si se confirman las faltas, las empresas podrían enfrentar multas de hasta 15.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, una sanción que pondría en riesgo su estabilidad económica y reputacional.

 

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