El “tatequieto” de la Corte Suprema a Benedetti

Sáb, 21/02/2026 - 08:53
La Corte Suprema de Justicia rechazó la denuncia de Armando Benedetti a este grupo de senadores y representantes a la cámara.
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En una decisión que marca un precedente sobre el alcance del control político y la libertad de expresión en el Congreso, la Corte Suprema de Justicia negó las pretensiones del ministro del Interior, Armando Benedetti, quien había denunciado por injuria y calumnia a siete congresistas tras cuestionar públicamente su nombramiento.

La denuncia contra las congresistas

El proceso se originó luego de la carta publicada el 24 de febrero de 2025, titulada “Mujeres congresistas rechazamos el nombramiento de Armando Benedetti como ministro del Interior”. En el documento, las legisladoras expresaron su rechazo al nombramiento pese a las investigaciones por presuntos hechos de corrupción y a señalamientos sobre conductas que calificaron como misóginas, machistas y promotoras de violencia contra la mujer.

Las congresistas denunciadas fueron:

  • Catherine Juvinao

  • Julia Miranda

  • Lina María Garrido

  • Marelen Castillo

  • Carolina Giraldo

  • Katherine Miranda

  • Jennifer Pedraza

Benedetti acudió ante la Corte argumentando que las afirmaciones constituían injuria y calumnia.

La Corte respalda el control político

Tras revisar publicaciones en medios, redes sociales y pronunciamientos públicos, la Corte concluyó que las congresistas actuaron dentro del marco de sus funciones constitucionales.

El fallo señala que las legisladoras están facultadas para ejercer críticas en representación de sus electores, especialmente cuando invocan ideales de reivindicación feminista en el ejercicio de su labor legislativa. Asimismo, subraya que pueden exteriorizar su oposición frente a acciones del Ejecutivo y promover debates públicos como parte del control político que les ha sido encomendado, incluso por fuera de los escenarios formales del debate parlamentario.

El alto tribunal enfatizó que los altos funcionarios del Estado están sujetos a control político y a la función crítica propia del Congreso, tal como lo establece la Constitución y el Estatuto de la Oposición Política.

Pronunciamiento sobre la vida privada y denuncias públicas

En cuanto a los señalamientos relacionados con la vida privada del ministro, la Corte indicó que las congresistas replicaron hechos que ya habían sido divulgados en medios de comunicación y redes sociales. Según el fallo, no fueron ellas quienes originaron dichas informaciones, como en el caso de la presunta agresión a su esposa en España, episodio que generó amplio rechazo público.

De esta manera, el tribunal determinó que no hay mérito para abrir proceso alguno contra las siete legisladoras.

Reacciones y efectos de la decisión

La representante Katherine Miranda celebró la decisión y afirmó: “Decir la verdad y defender a las mujeres no es delito”.

Además de cerrar la puerta a la denuncia, la Corte ordenó enviar copias del fallo a la Procuraduría y a la Defensoría del Pueblo para que evalúen las acciones pertinentes frente a las denuncias expuestas por las congresistas contra el ministro del Interior.

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