Así cambia el trámite de tutelas contra Gustavo Petro: ya no irán al Consejo de Estado

Lun, 14/07/2025 - 16:38
Gracias a un nuevo decreto hecho por el Ministerio de Justicia y firmado por el mandatario los jueces de circuito asumirán las tutelas
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Un cambio sorpresivo se presentó en el proceso de revisión de tutelas contra el jefe de Estado colombiano. El Ministerio de Justicia, con la firma directa de Gustavo Petro, expidió el Decreto 0799 del 9 de julio de 2025, que retira la competencia exclusiva del Consejo de Estado para conocer dichas tutelas. A partir de ahora, también podrán ser revisadas por jueces del circuito, lo que modifica la distribución de estos procesos en los despachos judiciales del país y amplía la competencia.

El decreto modifica el numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015 y establece una nueva regla de reparto, que aplica no solo en el caso de Gustavo Petro, sino también contra cualquier autoridad del orden nacional. De ahora en adelante, las tutelas serán tramitadas en primera instancia por jueces del circuito o de igual jerarquía.

La modificación establece que: “Las acciones de tutela dirigidas contra las actuaciones del Presidente de la República, incluyendo las relacionadas con seguridad nacional, así como las actuaciones administrativas, políticas, programas y/o estrategias del Gobierno nacional, autoridades, organismos, consejos o entidades públicas relacionadas con la erradicación de cultivos ilícitos, serán repartidas para su conocimiento en primera instancia al Consejo de Estado”.

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Aunque el cambio ha sorprendido a muchos, el Ministerio de Justicia sostiene que busca fortalecer la imparcialidad del sistema judicial, incluso en casos de alta relevancia institucional. El objetivo es implementar un reparto más amplio y menos concentrado. Esta nueva normativa, firmada por el ministro Eduardo Montealegre, “no excluye ni limita el control constitucional de la Corte Constitucional ni restringe el acceso a la justicia”.

La cartera también señaló que “la nueva regla de reparto reconoce que el Presidente de la República, en tanto autoridad nacional, puede ser controlado en sede de tutela con los mismos criterios de distribución aplicables a otras autoridades, sin perjuicio del control constitucional que ejerce la Corte Constitucional en sede de revisión”.

Este decreto reaviva una antigua discusión sobre la estructura y el funcionamiento del sistema de justicia en Colombia, especialmente en lo relacionado con las relaciones entre las ramas del poder público. Sin embargo, también ha generado oposición. Una de las voces críticas es la de la abogada Carolina Restrepo Cañavera, especialista en Business Management and Negotiation por la Universidad de Harvard, quien expresó en su cuenta de X:  “El Decreto 0799 de 2025 es inconstitucional”.

 

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