Con la llegada de diciembre, miles de trabajadores en Colombia esperan uno de los pagos más esperados del año: la prima de servicios, también conocida como prima de Navidad. Este beneficio, contemplado en la ley laboral, representa un reconocimiento al esfuerzo de los empleados y debe ser pagado antes del 20 de diciembre.
De acuerdo con el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, el empleador está obligado a reconocer al trabajador una prima de servicios equivalente a un mes de salario por cada año trabajado, dividida en dos pagos: el primero en junio y el segundo en diciembre.
La finalidad de esta prestación es compensar la contribución del trabajador al funcionamiento y los resultados de la empresa, además de servir como un alivio económico durante la temporada decembrina.
¿Cómo se calcula la prima de diciembre?
Según el Ministerio del Trabajo, la fórmula oficial para calcular la prima de servicios es:
- Salario base x días trabajados ÷ 360
Esto significa que si un empleado gana el salario mínimo de 2025, que incluye un auxilio de transporte de 200.000 pesos, el total mensual sería de 1.623.500 pesos.
Si el trabajador laboró durante los 180 días del segundo semestre, el valor de su prima de diciembre sería de aproximadamente 811.750 pesos.
Es importante tener en cuenta que el cálculo debe incluir todos los factores salariales, como bonificaciones, comisiones, primas técnicas, auxilios de transporte o alimentación y cualquier otro pago que constituya salario.
¿Quiénes no tienen derecho a prima?
La prima de servicios es un beneficio exclusivo para quienes tienen un contrato laboral formal. Por lo tanto, no aplica para los siguientes casos:
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Trabajadores independientes.
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Personas con contratos por prestación de servicios.
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Empleados con salario integral.
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Trabajadores ocasionales o transitorios.
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Aprendices con contrato de aprendizaje.
En estos tipos de contrato no existe una relación laboral directa con el empleador, por lo que no hay obligación legal de reconocer la prima.
¿Qué pasa si el empleador no paga la prima a tiempo?
El Ministerio del Trabajo advierte que el incumplimiento del pago de la prima puede generar sanciones severas. Entre ellas se encuentran:
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Multas que van desde 1 hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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Indemnización al trabajador equivalente a un día de salario por cada día de retraso.
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Cobro de intereses moratorios si pasan más de 24 meses sin realizar el pago.
Estas medidas buscan garantizar que los empleados reciban su prestación dentro del plazo legal, es decir, antes del 20 de diciembre.
¿Qué hacer si no le pagan la prima?
Si un empleado no recibe el pago de su prima dentro del plazo, el Ministerio del Trabajo recomienda buscar primero un acuerdo directo con el empleador. Si esto no prospera, el trabajador puede presentar una queja ante un inspector de trabajo o solicitar una conciliación laboral.
En lugares donde no haya inspector, el empleado puede acudir a la Defensoría del Pueblo, la Personería Municipal o los consultorios jurídicos de las universidades.
Si el conflicto continúa, la vía final será interponer una demanda ante un juez laboral, quien decidirá el caso y podrá ordenar el pago inmediato con sanciones.
Un ingreso clave para los hogares colombianos
La prima de servicios representa un ingreso adicional clave en diciembre, especialmente para los trabajadores que ganan el salario mínimo. Además de contribuir al bienestar económico, es una oportunidad para ahorrar, ponerse al día con deudas o invertir en gastos familiares de fin de año.
Cumplir con el pago de la prima no solo es una obligación legal, sino también una muestra de responsabilidad empresarial y justicia laboral.
