El Consejo Nacional Electoral (CNE) aplazó para este sábado 31 de enero la decisión sobre la participación de Iván Cepeda en la consulta del Frente por la Vida, la cual esta prevista para el 8 de marzo de 2026.
El centro del debate se centra en si la consulta del Pacto Histórico, realizada el 26 de octubre de 2025 genera restricciones para volver a competir en el mismo proceso electoral.
Un día más antes de la sala plena
La definición estaba programada para el viernes 30 de enero, pero el CNE corrió el calendario para permitir el traslado de pruebas y la recepción de pronunciamientos antes de que el informe llegue a sala plena, donde se toma la decisión final. En el caso trabaja una comisión de magistrados integrada por Fabiola Márquez, Alba Lucía Velásquez y Álvaro Echeverry, encargada de presentar la ponencia para discusión.
El punto central: la consulta de octubre y sus efectos
El nudo del caso es directo, aunque la lectura jurídica no lo sea tanto: si Cepeda puede participar en una nueva consulta después de haber estado en otra el 26 de octubre de 2025, como sostienen quienes piden revisar su inscripción.
Entre los nombres que han intervenido públicamente en el debate aparecen los congresistas Katherine Miranda (Alianza Verde) y Hernán Cadavid (Centro Democrático), junto con otros solicitantes, que argumentan que la ley establece límites cuando se trata de consultas dentro del mismo ciclo electoral. La discusión, en la práctica, depende de cómo se clasifique la consulta de octubre: si fue un mecanismo interno o si tuvo características interpartidistas, y qué consecuencias tendría eso frente a una nueva participación.
¿Qué dice la Ley 1475?
Los solicitantes citan la Ley 1475 de 2011, que regula la organización de partidos y define las consultas como un mecanismo para tomar decisiones o escoger candidatos. También señala que sus resultados son obligatorios y contempla restricciones para quienes participan en consultas y luego buscan inscribirse por una organización distinta dentro del mismo proceso electoral.
En esa discusión ha aparecido también la referencia a advertencias públicas de organizaciones como la MOE, que han recordado que la legislación electoral contempla límites para repetir consultas en un mismo ciclo. Aun así, la decisión sobre la inscripción, en este caso, la toma el CNE.
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El calendario electoral y lo que puede venir
El pronunciamiento se da con el calendario ya en marcha. La Registraduría ha reiterado que las elecciones al Congreso serán el 8 de marzo de 2026 y las de Presidencia el 31 de mayo de 2026. En ese contexto, la consulta del Frente por la Vida busca ordenar candidaturas y definir un nombre único, por lo que el fallo del CNE tiene impacto inmediato en la competencia.
Además, este no es el único frente abierto: la Registraduría negó la participación de Daniel Quintero en ese mismo mecanismo, y parte del debate público ha conectado ambos casos con la pregunta general sobre los efectos de una consulta previa. Cepeda, por su parte, ha señalado que si la decisión le es adversa acudiría a recursos judiciales, incluida una eventual acción de tutela.
