Consejo de Estado ordena a Petro borrar trino y retractarse

Vie, 19/09/2025 - 07:19
El alto tribunal falló a favor de la ANDI tras las acusaciones de Petro contra Bruce Mac Master.
Créditos:
EFE

El Consejo de Estado emitió una decisión que obliga al presidente Gustavo Petro a eliminar, en un plazo de 48 horas, un mensaje publicado en su cuenta de X contra la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) y su presidente, Bruce Mac Master. El alto tribunal concluyó que las expresiones del mandatario vulneraron los derechos fundamentales al buen nombre y la honra del gremio empresarial.

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Origen de la disputa

Los hechos se remontan al 19 de marzo de 2024, cuando Petro acusó a Mac Master de “destruir el gobierno por literal odio étnico” y, además, lo señaló de “defender a Hitler y el genocidio en Colombia”. Dichas afirmaciones, según la sentencia, excedieron el ámbito de la crítica política y constituyeron imputaciones infamantes sin respaldo probatorio.

La ANDI interpuso una acción de tutela al considerar que esas declaraciones dañaban la reputación de la organización y de su dirigente. Aunque un juez de primera instancia negó el recurso, el gremio apeló y el caso llegó al Consejo de Estado, que finalmente falló a su favor.

Fundamentos de la decisión

El alto tribunal señaló que las expresiones del jefe de Estado “incorporaron afirmaciones de carácter infamante, carentes de sustento objetivo, que desbordaron la crítica política y comprometieron el reconocimiento público de la parte actora sin justificación constitucional admisible”.

En consecuencia, el fallo ordena al presidente eliminar la publicación ofensiva en un plazo de 48 horas contadas a partir de la notificación personal y publicar una rectificación pública en la misma red social. Esa retractación deberá permanecer visible en su perfil por un mínimo de 10 días consecutivos.

 

Derecho al buen nombre

La providencia subraya que la protección del derecho fundamental al buen nombre se extiende a personas naturales y jurídicas, y que en este caso las expresiones presidenciales constituyeron una “imputación de hecho sin sustento fáctico ni probatorio y con capacidad lesiva para la reputación de la parte actora”.

De esta forma, el Consejo de Estado revocó la decisión inicial y amparó los derechos invocados por la ANDI. “Ampárese el derecho fundamental al buen nombre invocado por la demandante”, se lee en el texto de la sentencia.

Implicaciones para el presidente

La notificación fue hecha personalmente al presidente Petro, por lo que el cumplimiento de la orden es inmediato y obligatorio. En caso de no acatarla, podrían iniciarse nuevos trámites judiciales por incumplimiento de fallo de tutela.

Además, la decisión se convierte en un precedente sobre los límites del discurso político y el uso de las redes sociales por parte de funcionarios de alto rango. Según el tribunal, la libertad de expresión no puede utilizarse como excusa para difundir señalamientos sin pruebas que lesionen la reputación de terceros.

 

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