Jaime Andrés Beltrán y el vacío jurídico que le permitiría volver a ser alcalde de Bucaramanga

Vie, 22/08/2025 - 14:20
El Consejo de Estado anuló la elección de Jaime Andrés Beltrán por doble militancia, sin embargo, la situación del alcalde de Oiba podría ayudarle
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@soyjaimeandres/X

Jaime Andrés Beltrán fue destituido como alcalde de Bucaramanga por doble militancia, pero un vacío jurídico podría abrirle la puerta para volver a ser candidato en las elecciones atípicas. Todo depende de lo que decida el Consejo de Estado en un caso similar: el del alcalde de Oiba, Elkin Reyes.

Tras conocerse la decisión del Consejo de Estado que anuló su elección, Beltrán se dirigió a sus seguidores y sugirió incluso una aspiración presidencial. “Este encuentro no será en el futuro frente al palacio municipal, sino frente a la Casa de Nariño”, afirmó, recibiendo aplausos de quienes lo respaldaban.

El fallo de la Sección Quinta del alto tribunal ratificó la decisión del Tribunal Administrativo de Santander emitida en diciembre de 2024: Beltrán perdió su cargo porque apoyó a candidatos al Concejo del Partido de La U, diferente al partido Colombia Justa Libres que lo avaló.

“Somos respetuosos del fallo y de las instituciones. La decisión anula la elección, lo que significa que, en términos deportivos, el gol fue invalidado. Pero esto no me inhabilita, ni me destituye. Bucaramanga va a volver. Esta no es una pérdida, es una puerta que se abre aún más grande”, aseguró Beltrán.

Sus declaraciones causaron polémica, pues dejaron entrever que podría lanzarse de nuevo a la Alcaldía gracias a un vacío legal: no existe aún un criterio jurisprudencial que prohíba expresamente la inscripción de candidatos cuya elección fue anulada por delitos electorales.

En entrevista con Kien y Ke, el abogado penalista con énfasis en asuntos económicos, financieros y de administración, Francisico Bernate, reveló que “no existe una inhabilidad permanente específica por doble militancia que le impida postularse de nuevo. La doble militancia, si bien es causal de nulidad de la elección, no implica automáticamente una inhabilidad para aspirar a un cargo en el futuro, siempre que no se incurra nuevamente en ella”. 

Añadió que “las prohibiciones establecen cuándo ocurre doble militancia (ejemplo renuncia 12 meses antes), pero no imponen una sanción que prohíba postularse luego de una sentencia firme”.

El ejemplo más claro es el del alcalde de Oiba, Elkin Reyes. Su elección fue anulada en enero de 2025, pero volvió a presentarse en las elecciones atípicas de mayo del 2025 y ganó. Hoy, el Consejo de Estado estudia otra demanda en su contra para determinar si estaba habilitado.

“En el caso del alcalde de Oiba, el Tribunal Administrativo de Santander le decretó la medida cautelar que lo suspendió del cargo. Ellos apelaron esa medida cautelar, y la misma Sección Quinta (…) lo volvió a reintegrar al cargo mientras se define si estaba o no habilitado para presentarse nuevamente”, explicó el abogado experto en temas electorales, Carlos Alfaro.

El propio Consejo de Estado reconoce que aún no hay un criterio claro para este tipo de casos. En el expediente de Oiba señala: “No se trata de un tema de menor importancia jurídica (…) resulta necesario emprender una valoración que justifique por qué los efectos ex tunc o ex nunc desnaturalizan u optimizan, respectivamente, la inhabilidad objeto de debate”.

Agrega también que:“Será necesario (…) definir el criterio jurisprudencial que permitirá resolver este caso, teniendo como punto de partida la tensión que se suscita entre el principio democrático, los derechos políticos del demandado, y la eficacia de la prohibición legal (…) y la prohibición de reelección”.

Por ahora, si Beltrán quiere aspirar de nuevo, deberá esperar el concepto que emita el Consejo de Estado en el caso del alcalde de Oiba.

Creado Por
Mariana Mejía
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