Hemos realizado seguimiento a la contratación y gestión de los últimos años en las alcaldías locales de Bogotá, identificando una serie de denuncias públicas que reflejan la creciente preocupación por presuntas irregularidades en la ejecución de presupuestos y proyectos, especialmente en lo relacionado con la concentración de oferentes en los procesos licitatorios y en la contratación directa.
Esta situación ha derivado en un presunto favorecimiento hacia ciertos proveedores, quienes participan reiteradamente en la contratación pública. Particularmente, se destaca la presencia de ALDESARROLLO, FUNDESCO y FUNVIVE 2.0, los cuales han suscrito 95 contratos con diferentes alcaldías locales durante los últimos 5 años, según registros de SECOP, acumulando recursos por un valor aproximado de $114.258.085.779. La mayoría de estos fueron aprobados durante la Administración de Claudia López, lo que refleja una total contradicción con la “consulta anticorrupción” que impulsó, puntualmente en lo referente a la pregunta 3 sobre contratación transparente obligatoria que buscaba “aprobar establecer la obligación a todas las entidades públicas y territoriales de usar pliegos tipo, que reduzcan la manipulación de requisitos habilitantes y ponderables y la contratación a dedo con un número anormalmente bajo de proponentes, en todo tipo de contrato con recursos públicos”. No obstante, la realidad fue otra, y ubicamos objetos contractuales sumamente diversos en favor de los mismos proveedores, abarcando desde la organización de encuentros navideños hasta la implementación de acciones para promover los derechos humanos en las localidades.
Si bien la actual Administración de Carlos Fernando Galán ha desarrollado lineamientos y acciones para la supuesta mejora en las diferentes etapas de los procesos precontractuales y contractuales, esta problemática no se ha frenado. Durante esta vigencia se han suscrito contratos con los mismos proveedores previamente señalados, como lo pudimos constatar en el SECOP II, por ejemplo, con los siguientes contratos: contrato CO1.PCCNT.7170101 en la localidad de Engativá, suscrito en favor de FUNDESCO, aprobado por el alcalde Víctor Hugo Huertas el 27 de diciembre de 2024, con una duración de 5 meses y un valor de $3.421.492.394; contrato CPS-1150-2024 en la localidad de Kennedy, suscrito en favor de FUNVIVE 2.0, aprobado por la alcaldesa Karla Tathayanna Marín el 30 de diciembre de 2024, con una duración de 10 meses y un valor de $1.999.999.918; y el contrato FDLSF-CD-256-2024 SIPSE entre Aldesarrollo y la localidad de Santa Fe, aprobado el 14 de junio de 2024 por 8 meses por un valor de $7.905.535.930.
No se comprende el favoritismo en la gestión local. Sin embargo, lo que sí dejan a su paso estos proveedores —con la permisividad de los alcaldes y alcaldesas de turno que autorizan los contratos— son constantes denuncias por parte de sus trabajadores y trabajadoras contratistas, por ejemplo, es reiterativo el no pago de honorarios conforme al valor indicado en los anexos técnicos, retenciones injustificadas y el incumplimiento en el pago oportuno. Además, estos proveedores se permiten el lujo de no entregar informes técnicos, incumplir cronogramas y dejar actividades pendientes, tal como lo evidencian los informes de supervisión. Las consecuencias de estas falencias recaen directamente sobre las y los trabajadores, así como en la ciudadanía en general.
Una muestra de esta situación es el contrato 682-2023, firmado el 27 de junio de 2023 entre la Alcaldía de Ciudad Bolívar y ALDESARROLLO por $2.878 millones, cuyo objeto contractual fue el de “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para promover el uso e implementación de reconversión en actividades sostenible mediante el fortalecimiento de emprendimientos rurales y/o unidades productivas y de comercialización en el sector rural de la localidad de Ciudad Bolívar”, en un plazo de 8 meses. Según los tiempos establecidos en la firma del contrato, este debía haber culminado en febrero de 2024, sin embargo, hoy, un año y nueve meses después, no se reporta la finalización ni cumplimiento del mismo. La pregunta sería: ¿qué acciones vienen adelantando desde la supervisión del contrato para efectuar incumplimiento del contrato y las consecuencias del mismo?
Se hace notorio entonces que, al parecer, ante vacíos en la normatividad de contratación estatal y la falta de rigurosidad en la suscripción de contratos, se ha permitido que presuntamente se eluda el cumplimiento de los condicionantes y reglas para las distintas modalidades. Estas prácticas lejos de fomentar el desarrollo de las comunidades más necesitadas, y de tener una variedad de oferentes contratados, terminan beneficiando a unos pocos “contrataderos” a costa del dinero público.
Sumado, rara vez se implementan medidas contundentes hacia estos proveedores, pues, por ejemplo, de una revisión de 95 contratos en SECOP solo encontramos una resolución de sanción contra FUNDESCO en el año 2018, por parte de la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar de ese entonces, por incumplir obligaciones relacionadas con el cronograma y las actividades acordadas. Esto, pese a que Contraloría de Bogotá, entre 2020 y 2024, ha ubicado diferentes procesos de responsabilidad fiscal derivados de hallazgos administrativos con presunta incidencia fiscal con traslados a la Dirección de Responsabilidad Fiscal que proceden de las diferentes auditorías realizadas, pero sin sanciones.
Así también, de los planes de mejoramiento de los alcaldes locales, su implementación, ejecución y culminación, a los cuales, la oficina de control interno debe realizar seguimientos anuales para evaluar el avance y la efectividad de estos planes que se suscriben con Contraloría, evidencian que actualmente existen 2.465 acciones formuladas entre 2020 y 2024, las cuales han sido clasificadas según su cumplimiento, siendo muchas de ellas cumplidas de manera “inefectiva”, lo que significa que la situación detectada no ha sido corregida y la causa del hallazgo persiste; otras incumplidas y otras acciones en la categoría de "incalificable", indicando que su formulación es incoherente o que el sujeto de control evaluado ha manifestado desacuerdo con ellas.
La existencia de un número tan elevado de acciones de mejoramiento muestra las problemáticas en la ejecución de la contratación por parte de las alcaldías locales. Si bien la formulación de estas acciones es un paso relevante para avanzar en su corrección, la implementación presenta deficiencias preocupantes.
Por todo lo anterior, insistimos en la necesidad de un control riguroso por parte de los entes de vigilancia, así como un mayor compromiso de la Administración en el uso de los recursos y facultades correctivas. Esto implica un seguimiento detallado de los contratos adjudicados, para lo cual consideramos necesaria una mayor atención a los cierres de razón social de las entidades, evitando que, con un simple cambio de nombre, se sigan beneficiando las mismas personas. Asimismo, se deben brindar garantías de transparencia en el manejo de los recursos públicos, asegurando que los contratistas cumplan con los principios de eficiencia y equidad en la contratación estatal. Sumado, hay que acudir a las facultades sancionatorias contempladas en la Ley 80 de 1993 y la Ley 1474 de 2011 y así responder de manera efectiva a las permanentes irregularidades y denuncias hechas hacia los proveedores. Adicionalmente, es fundamental impartir lineamientos y dar cumplimiento a las recomendaciones realizadas por los entes de control y gestión contractual, y hacer un adecuado seguimiento. Finalmente, es de vital importancia impulsar nuevas herramientas que fomenten el desarrollo local y sus iniciativas asociativas, a través del Acuerdo 890 de 2023, que promueve las Alianzas Público-Populares.
Consideramos que las contrataciones de las alcaldías locales deben priorizar el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes y el fortalecimiento de las comunidades, respaldando sus iniciativas colectivas, comunitarias y asociativas. En ese sentido, las Alianzas Público-Populares buscan integrar a los actores de la economía popular en las políticas públicas y planes de desarrollo, fomentando la formalización y acceso a oportunidades económicas, asegurando un desarrollo equitativo y sostenible, facilitando que las organizaciones accedan a recursos públicos y a los procesos de selección, fortaleciendo así el tejido local y garantizando eficiencia.