Heidy Sánchez Barreto

Abogada de la Universidad Libre, especialista en derecho ambiental y cursa maestría en derecho constitucional de la Universidad Externado de Colombia. Se reconoce como una mujer feminista y antimilitarista, que representa desde el Concejo de Bogotá a las nuevas generaciones de la Unión Patriótica, partido del cual es su presidenta a nivel distrital.

Heidy Sánchez Barreto

Impuestos para la equidad y justicia tributaria

Los debates económicos que se han presentado en el país en los últimos años han llevado a los ciudadanos a reconocer la importancia de unas finanzas públicas eficientes, fundamentales para garantizar necesidades básicas como la seguridad, la justicia, la salud, entre otras. En este contexto, el Gobierno nacional ha impulsado diversas medidas fiscales para mejorar la calidad de vida de la población. Sin embargo, la resistencia de los sectores más privilegiados ha dificultado los avances en materia tributaria y fiscal para el proyecto del cambio.

Es importante señalar que los sectores empresariales que tienen mayor capacidad de contribuir a la redistribución del ingreso han ejercido una fuerte oposición para proteger sus intereses, priorizando la acumulación de riqueza sobre las necesidades de la población. Como resultado, se han truncado iniciativas tributarias que, además de mejorar el recaudo, buscaban promover la equidad y la justicia fiscal. Si bien estas medidas requieren ajustes y herramientas que garanticen su efectividad, han representado una oportunidad valiosa para demostrar su impacto positivo en el sistema tributario.

Deducibilidad de las regalías en el sector extractivista

Empecemos analizando el origen de la propuesta de la Ley de Financiamiento, que fue rechazada en el Congreso de la República en diciembre de 2024. Su principal objetivo era enfrentar el déficit fiscal del país, ya que la propuesta de la deducibilidad de las regalías en el sector extractivista terminó siendo tumbada. Esta medida, aprobada en el parágrafo 1 del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022 (reforma tributaria), establecía que la contraprestación económica por regalías no podría deducirse del impuesto sobre la renta ni considerarse un costo o gasto. Sin embargo, la Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-489 de 2023, declaró inexequible esta disposición, argumentando que desconocía la capacidad contributiva de los obligados a pagar y vulneraba la confianza legítima de las empresas dedicadas a la explotación de recursos naturales. Lo preocupante es que las regalías no deberían representar un beneficio fiscal para las empresas en el impuesto sobre la renta, especialmente cuando es la nación la que asume el impacto ambiental derivado de su aprovechamiento.

Según los reportes de la DIAN en 2022, el sector extractivista generó un impuesto a pagar de aproximadamente $19.5 billones, lo que representa casi la mitad del total a pagar por impuesto de renta ese año ($42 billones). Esto evidencia como el sector tiene tal capacidad económica, como para generar un tributo a pagar equivalente a casi la mitad de los impuestos a pagar por todos los contribuyentes del país.

Asimismo, los costos y gastos deducibles del sector en el 2022 ascendieron a cerca de $172 billones, incluyéndose ahí la deducción por regalías, lo que redujo significativamente su carga tributaria, pues los costos y gastos disminuyen el valor a pagar del impuesto. Sin embargo, a pesar de ser un sector con grandes ingresos y de situarse como el principal aportante a la Nación, seguido por el sector financiero, su contribución fiscal se ve impactada por diversos beneficios que se aplican en la depuración de renta, como la deducibilidad de las regalías, cuando podrían contribuir más acorde al impacto de su actividad económica.

El debate central radica en que, aunque el sector extractivista es el que más ingresos genera en el país, su contribución al impuesto de renta no es equitativa. Esto se debe, en parte, a que las regalías siguen siendo deducibles y, además, porque el Decreto 1053 de 1953, que establece el Código de Petróleos, exime en su artículo 16 a la exploración y explotación de petróleo del pago de toda clase de impuestos departamentales y municipales, tanto directos como indirectos. Esta exención limita significativamente los recursos que podrían destinarse a departamentos y municipios, afectando su capacidad para invertir en programas sociales y mejorar la calidad de vida de sus habitantes.

Dicho escenario vulnera los principios de equidad y progresividad tributaria, ya que las actividades económicas con alto impacto social y ambiental no contribuyen de manera proporcional a los beneficios que generan. Además, la carga impositiva de este sector no guarda relación con su gran capacidad económica, lo que refleja un sistema fiscal desigual.

Propuestas en el marco de la crisis en el Catatumbo y otras

Por otro lado, en el marco de la violencia que se ha profundizado en la región del Catatumbo, el presidente decretó el Estado de Conmoción Interior en el país. además de otras disposiciones, permite la implementación de nuevos gravámenes o impuestos destinados exclusivamente a financiar estrategias para superar la crisis social que enfrenta la nación. Entre las propuestas fiscales se incluyen varias iniciativas que habían sido previamente rechazadas o descartadas en la Ley 2277 de 2022 y en la Ley de Financiamiento que no prosperó.

Por ejemplo, se propone aplicar el IVA a los juegos de suerte y azar virtuales, una iniciativa que ya había sido planteada en la Ley de Financiamiento que en su momento buscaba recaudar un promedio de $2,4 billones anuales una vez se aprobara. Por ello, la propuesta de revivirlo es porque se busca regular los servicios prestados en entornos virtuales, dado el debate tributario sobre la intangibilidad del mundo digital y las dificultades para gravar actividades económicas sin elementos físicos o territorializables. Por ende, estas son actividades económicas que nunca se han podido gravar por lo difícil que ha sido controlar el mundo digital. Este es el caso de los juegos electrónicos y diversas plataformas de servicios. Con la implementación de este impuesto, en el marco del Estado de Conmoción Interior, se espera recaudar aproximadamente $519.000 millones.

En ese sentido, también se plantea la implementación de un impuesto a la exportación de carbón y petróleo, una medida que afectaría a las empresas que comercializan estos recursos en mercados internacionales. Esta propuesta se fundamenta en la alta rentabilidad del sector, lo que lo hace susceptible de contribuir en mayor medida a las finanzas del país. Además, esta iniciativa surge como una alternativa a la no deducibilidad de las regalías, declarada inexequible por la Corte Constitucional. Con este impuesto, en el marco del Estado de Conmoción Interior, se espera recaudar aproximadamente $214.000 millones.

Una de las propuestas en discusión es la implementación de impuestos a ciertas actividades económicas vinculadas a las iglesias en Colombia, retomando una iniciativa que no fue incluida en la Ley 2277 de 2022. Aunque en su momento enfrentó una fuerte oposición de sectores religiosos, es importante aclarar que esta medida no busca gravar las donaciones ni los recursos provenientes del ejercicio religioso. En 2022, Colombia contaba con aproximadamente 4.000 parroquias exentas del impuesto de renta. Sin embargo, muchas de ellas desarrollan actividades comerciales como cafeterías, hoteles y parqueaderos, entre otros. Según los estudios más recientes de la DIAN, en 2020 los ingresos de las iglesias alcanzaron aproximadamente $4,1 billones.

La propuesta se fundamenta en la necesidad de avanzar hacia una mayor justicia tributaria, garantizando que todos los sectores con capacidad económica contribuyan de manera equitativa al sistema fiscal y que no se amparen bajo las creencias de la población para gozar de beneficios tributarios.

Por ello, es fundamental analizar cómo las iglesias gozan de privilegios tributarios en comparación con otros sectores y cómo estos beneficios pueden ser utilizados como un mecanismo de lucro. En algunos casos, se han otorgado concesiones adicionales bajo el argumento de la “libertad religiosa”. Un ejemplo de esto es el Plan Distrital de Desarrollo (PDD) “Bogotá camina segura” 2024-2027, cuyo artículo 101 establece un banco de proyectos de cooperación para la libertad religiosa, y el artículo 181, que permite el estacionamiento sin restricciones en zonas adyacentes a los lugares de reunión religiosa.

Sigue siendo necesaria una reforma progresiva

En conclusión, el debate sobre la equidad y la justicia tributaria en Colombia pone de manifiesto la necesidad de reformar el sistema fiscal para garantizar una distribución más justa de la carga impositiva. El Gobierno Nacional sigue explorando mecanismos para aumentar el recaudo de manera equitativa, como la no deducibilidad de las regalías, el gravamen a actividades económicas vinculadas a las iglesias y la imposición de impuestos a sectores con alta rentabilidad. Estas medidas buscan fortalecer las finanzas del país y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. 

Sin embargo, la fuerte oposición de los sectores económicos más influyentes ha dificultado la implementación de estas medidas, perpetuando privilegios fiscales que afectan el equilibrio financiero de la nación. Por ello, es fundamental realizar un seguimiento riguroso a los gravámenes establecidos bajo el Estado de Conmoción Interior, con el fin de evaluar su impacto en el aumento del recaudo y su efectividad. Esto permitirá determinar su viabilidad como una herramienta sostenible para fortalecer las finanzas públicas y generar resultados positivos para el país.

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Heidy Sánchez Barreto
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